Según informó el CSD, con la modificación se elimina el supuesto que afectaba "a los que aparezcan mencionados en resoluciones judiciales dictadas por jueces del orden jurisdiccional penal en las que se afirme la existencia de indicios racionales de infracciones administrativas o deportivas cometidas en materia de dopaje."
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La modificación de la resolución del 30 de junio se produce tras el análisis de los argumentos presentados en el recurso de reposición de la RFEA y del "criterio judicial que se desprende de los últimos autos en el marco de la instrucción de la Operación Galgo", en la que la atleta Marta Domínguez ha quedado libre de todo cargo por dopaje esta semana.
Este organismo explicó que el cambio en el contenido del texto se ha llevado a cabo "con la intención de evitar perjuicios a terceras personas ajenas a procedimientos de dopaje, para establecer la necesaria garantía de seguridad jurídica de los afectados y con el objeto de respetar la competencia y responsabilidad de las federaciones en la elaboración de los criterios de selección".
"El espíritu de la citada resolución y el objetivo de su texto venía motivado por la decidida determinación de luchar, con todos los medios a nuestro alcance, contra las prácticas de dopaje y salvaguardar la imagen del deporte español", agregó el Consejo.
El nuevo texto de la resolución desde hoy establece que "el secretario de Estado para el Deporte podrá no autorizar, en casos excepcionales, y por razones de interés público, la participación de las selecciones nacionales españolas que incluyan deportistas incursos en cualquier procedimiento relacionado con el dopaje deportivo, ya sea en España o fuera de España".
"Esta previsión incluye a todos aquellos deportistas que se encuentren imputados en procesos penales seguidos por la comisión de delitos comprendidos en el art. 361 bis del Código Penal", añade.
Igualmente afectará a "aquellos contra quienes se dirija un procedimiento disciplinario o administrativo en materia de dopaje, tanto en España como fuera de España, incluyendo los procedimientos tramitados por Federaciones e Instituciones de ámbito internacional".
"El Consejo Superior de Deportes no financiará la participación de las selecciones nacionales españolas en competiciones internacionales cuando incluyan deportistas incursos en cualquier proceso o procedimiento de los enumerados en el apartado anterior", señala el segundo punto de la Resolución, cuyo incumplimiento será sancionado de acuerdo a la Ley del Deporte de 1990 y el Reglamento de Disciplina Deportiva de 1992.
Rubalcaba,el consejo de ministros,el secretario de estado para el deporte,el comite olimpico,los organizadores de tour de francia,ECT...ECT....todos tienen lo mismo en comun,algo que siempre se repite,la famosa frase de: TOLERANCIA CERO AL DOPAJE.Cada pais nos hace creer que lucha contra el dopaje,cuando es algo imposible,ya que conseguir medallas es simbolo de estatus para un pais,en las olimpiadas, en los campeonatos,no pueden luchar contra el dopaje si sus vecinos no luchan tambien pues estarian en absoluta desventaja.TODO SE CONVIERTE en una tremenda hipocresia.
ResponderEliminarBuen articulo, Antidoping - SEGTEC
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